ACCESO A LA RADIO PRERROGATIVA DE ACCESO A LA RADIO A LOS PARTIDOS POLÍTICOS El artículo 59 del Código Electoral, establece como derecho de los partidos políticos entre otros, el gozar de las prerrogativas y del financiamiento público. De ahí que el artículo 62 fracción II del citado ordenamiento legal otorgue como prerrogativa de los partidos políticos, tener acceso a la radio. De la misma manera se establece que cada partido político disfrutará de ocho horas mensuales de trasmisiones en radio exclusivamente durante el año electoral. Atento a lo dispuesto por el artículo 63 último párrafo, y una vez resuelta la acreditación de los partidos políticos nacionales por el Consejo Estatal Electoral, en fecha 12 de febrero del 2007, se giraron oficios a los ocho partidos políticos, exhortándolos a efecto de que acreditasen ante la Vocalía, un representante con facultades de decisión sobre la elaboración de sus programas. La Secretaría del IEETAM y la Vocalía de Prerrogativas y Partidos Políticos llevaron a cabo los trabajos de coordinación con los partidos políticos y la Dirección del Sistema Estatal Radio Tamaulipas, a efecto de determinar la estructura, programación y calendarización de fechas y horarios de transmisión de los programas de difusión de los institutos políticos, temas que fueron ampliamente abordados y discutidos. De igual forma se exhortó a los partidos sobre la elaboración de los guiones técnicos y su contenido, limitándolos exclusivamente a la difusión de sus principios ideológicos, programas de acción y plataformas electorales. Una vez acordado de manera conjunta con la Dirección del Sistema Estatal Radio Tamaulipas la calendarización de transmisiones de los programas de radio de los partidos políticos, se llevó a cabo el sorteo de espacios entre los partidos (horarios de transmisión), y se determinó el mecanismo de rotación de los mismos, estableciéndose como fecha de arranque de trasmisiones el lunes 26 de febrero del 2007. Asimismo se estableció que cada partido político gozaría de dos espacios de 15 minutos semanales y nueve espacios de 10 minutos. Los horarios asignados a los partidos políticos según se aprecia en el recuadro que mas adelante se expone, se irían rotando (cada 14 días) a partir del 12 de marzo y hasta el 25 del mismo mes conforme al orden que les correspondió a cada partido, de tal forma que al partido político que en el sorteo le haya correspondido el rango de horario número 1 (Convergencia) pasará al horario número 8; el número 2 (PT) pasará al número 1; el número 3 (PAN) pasará al número 2 y así sucesivamente, de tal forma que todos los partidos políticos recorrerán de forma ascendente todos los horarios. Mecánica de Rotación de Horarios A partir del lunes 12 de marzo hasta el 25 del mismo mes se irán rotando el orden que le correspondió a cada Partido, de tal forma que el Partido Político que en el sorteo de espacios le correspondió el rango de horario número 1 (Convergencia) pasará al rango de horarios número 8; el horario número 2 (PT) pasará al número 1; el número 3 (PAN) pasará al número 2, el que le correspondió el horario 4 (PRI) pasará numero 3 y así sucesivamente, de tal forma que todos los Partidos Políticos recorrerán de manera ascendente todos los horarios. Ejemplo Del 12 al 25 de Marzo del 2007
Al 31 de julio del 2007, se han difundido un total de 1,782 programas de 10 minutos, que equivalen a 297 horas de transmisiones a través de las 12 repetidoras del Sistema Estatal Radio Tamaulipas, cuyo desglose es de la siguiente manera:
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